Comienza hoy el juicio a Rodolfo Suárez por el homicidio de Diego Esper en el 2010
23/02/2015. Noticias sobre Justicia > Noticias de Argentina
La Sala IV del Tribunal de Juicio iniciará la audiencia debate en la causa seguida contra Rodolfo Benjamín Suárez.
Hoy lunes 23 de febrero comenzará en la Sala IV del Tribunal de Juicio la audiencia debate en la causa seguida contra Rodolfo Benjamín Suárez por homicidio calificado doblemente calificado por alevosía y criminis causa en concurso ideal con robo, en perjuicio de Diego Armando Esper, y contra Cristian Jesús Morcillo Castillo, por encubrimiento.
El juicio se extenderá hasta el 13 de marzo del corriente año. El Tribunal estará integrado por los jueces Norma Vera, Ana Silvia Acosta y Roberto Faustino Lezcano.
La defensa de Rodolfo Benjamín Suárez estará a cargo de Luis Romero Abadié. Cristian De la Rosa y Matías René Risso, en tanto, representarán a Cristian Morcillo Castillo. En la querella particular se desempeñarán Juan Casabella Dávalos y Jorge Pablo Suárez Nelson.
Diego Armando Esper fue encontrado sin vida en su departamento de Deán Funes 345, con evidencias de haber recibido golpes en el cráneo. El cuerpo fue hallado por su padre y su hermana el 16 de setiembre de 2010. Se estima que el homicidio ocurrió entre la noche del 10 de setiembre y la madrugada del 11 de setiembre de 2010.
Casación
La Corte de Justicia de Salta había rechazado un recurso de casación e inconstitucionalidad que había presentado la defensa técnica de Rodolfo Benjamín Suárez en contra de la decisión de la Sala IV del Tribunal de Juicio que negó un pedido de excarcelación. Suárez está imputado como presunto autor responsable del delito de homicidio doblemente calificado por alevosía y criminis causa en concurso ideal con robo en perjuicio de Diego Armando Esper.
Advirtió el Alto Tribunal de la Provincia que la defensa técnica de Suárez presentó numerosos recursos de nulidad, recusación, inconstitucionalidad, reposición, aclaratoria, apelación, queja y casación. Esto ocasionó una demora en el trámite normal de la causa, todavía más cuando en algunos casos se reiteraron planteos anteriormente realizados, resueltos, apelados y denegados que inclusive le valieron al letrado patrocinante la aplicación de sanciones. A ello se suman nueve incidentes planteados por las otras partes.
Vale recordar que la defensa técnica de Suárez invocaba en su recurso justamente que llevaba tres años de prisión preventiva sin juicio.
Tanto la Constitución Nacional, la Constitución Provincial, como los tratados internacionales, consagran a la libertad y a la privación provisoria como regla y excepción respectivamente, dijeron los jueces.
Además puntualizaron que la resolución de la Sala IV del Tribunal de Juicio expuso en forma detallada los motivos que fundan la decisión de mantener al imputado privado de su libertad “no resultando de aplicación ninguno de los incisos del art. 306 del Código Procesal Penal (texto según Ley 6345 y modificatorias), cuya inconstitucionalidad se pretende.”
La Corte de Justicia advirtió además que en el trámite de la causa ya radicada en el Tribunal de Juicio sólo resta celebrar el juicio oral y público por lo cual “se actualiza concretamente el peligro de fuga del acusado y constituye también un motivo atendible que impone mantener su prisión preventiva a fin de asegurar la concreta actuación de la justicia".
Fuente: Nuevo Diario