Reforma en Diputados: ¿cantidad o calidad? Ambas
08/07/2018. Noticias sobre Justicia > Noticias de Argentina
Mediante un fallo exhortativo la Cámara Nacional Electoral puso en órbita al Congreso de la Nación, a fin de que, en ejercicio de sus atribuciones, extreme los recaudos para ejecutar el mandato que establece el artículo 45 de la Constitución Nacional
Luego de las elecciones presidenciales de 2015, el tema tomó vigor por las iniciativas ingresadas por algunas legisladoras representantes de distritos con mayor densidad poblacional, como Buenos Aires y CABA. En esa oportunidad, se citó para el tratamiento en Comisiones y no prosperó. Tampoco fue respaldado algún intento oficialista de ingresarlo al recinto.
El fallo sostiene, al igual que la Constitución Nacional, que la Cámara de Diputados representa los intereses del pueblo de la Nación, a través de una distribución proporcional de sus integrantes, según la población de cada distrito, pero no orienta sobre la actualización de la base de cálculo, ni contempla pisos mínimos -hoy de 5 diputados-.
Si advierte, que la adecuación no debería redundar en erogaciones al Estado Nacional, lo cual podría estar sugiriendo un nuevo reparto proporcional de las bancas que ya existen, con un aumento mínimo de escaños, lo que en los hechos, afectaría dramáticamente a distritos menos poblados, aunque territorial y geopolíticamente importantes.
Con el tema planteado por la Justicia, y sin plazos de resolución, el asunto pendiente puede ponerse en agenda y empezar a analizarse en forma integral junto a otras propuestas de reformas al sistema electoral.
A esta altura, cualquier cálculo debiera partir del resultado del próximo censo 2020, y en su caso, de aplicación para legislativas 2021 o presidenciales 2023 para garantizar un debate técnico, descomprimido de intereses político-electorales coyunturales.
A pesar de que la sentencia obedece debidamente a la manda constitucional, hoy no estarían dadas las condiciones políticas y sociales, ni de opinión pública, como para enfrentar esta demorada adecuación.
La decisión de los camaristas deja abierta la interpretación y, con ella, posibilidad de ampliar o reducir el número de diputados. Es un tema espinoso, de difícil consenso en un país teóricamente federal y prácticamente centralista.
La desigualdad, que la sub o sobre representación numérica sin dudas significa, no alcanza a dar respuesta a lo que preocupa hace tiempo, esto es: la distancia entre el interés del representado y el de su representante, más allá de cuántos escaños tenga su partido o provincia. Antes que todo, nos espera un desafío de calidad en la representación parlamentaria, más que de cantidad de parlamentarios, aunque deban ordenarse los números de ese mapa. La urgencia aparece más cualitativa que cuantitativa. Este argumento no es novedad, ni es expresado únicamente por los ciudadanos o las mediciones, sino que también viene siendo considerado por los propios legisladores y responde a ciclos de frustración de expectativas depositadas en los que resultan electos.
En el año 2001, luego de la crisis de credibilidad que afectó a la clase dirigente en su conjunto, el intento de reducir el número de diputados, tomó forma en proyectos presentados por legisladores, que hoy son presidenciables.
Es importante que la Justicia Nacional Electoral pueda adoptar mecanismos que garanticen que los ciudadanos se sientan representados, y esto se logra garantizando saludable vida interna de los partidos políticos, una amplia oferta electoral, votantes informados acerca de los candidatos, elecciones limpias, con resguardos a la igualdad de oportunidades y de recursos de los contendientes.
Para mejorar la calidad de la representación, es imprescindible que se pueda controlar el financiamiento de las campañas, las noticias falsas y sancionar los delitos electorales al momento en que se cometen. El elector siempre buscará que su voto se vea reflejado en las decisiones de su representante, que cumplan con las promesas pre-electorales y que rindan cuentas de sus actividades legislativas, preservando inalienable el contrato con su representado, más allá de cualquier recálculo.
AMBITO FINACNIERO