Una maestra delató al padrastro de su alumna por abuso sexual
21/02/2022. Noticias sobre Justicia > Noticias de Salta
El acusado fue condenado a tres años de prisión condicional por el delito de abuso sexual simple. La docente le había contado a la madre de la víctima, quien finalmente realizó la denuncia.
Una docente delató por abuso sexual al padrastro de su alumna, luego de que la menor le contara que le tocó las partes íntimas. El sujeto, de 52 años, recibió hoy su condena de tres años de prisión condicional por el delito de abuso sexual simple agravado por la guarda y la convivencia con una menor.
El imputado fue denunciado por su expareja, madre de la víctima. La mujer refirió que mantuvo una relación de dos años y medio con A. R. Z. y que tienen una hija en común. Señaló que, además, ella tiene otros dos hijos de una relación anterior, una nena de 11 años y un varón de 7.
Contó que un día, durante la jornada escolar, su hija comenzó a llorar y le dijo a su maestra que “se había acordado de algo” y le contó que el papá de su hermanita le había tocado sus partes íntimas. Luego, la menor le confirmó a su madre lo relatado en la escuela.
La denunciante manifestó que nunca había visto nada que la hiciera sospechar de los abusos y que se había separado del acusado por cuestiones económicas.
Dijo que la niña relató lo que le había hecho su padrastro después de que el sujeto regresó a su casa para ver a su hija biológica, tras casi tres años de estar ausente. Al verlo, la menor reaccionó con enojo, no quiso saludarlo y luego le contó a su maestra en la escuela acerca de los abusos.
Durante el juicio abreviado, el acusado reconoció ser autor de los hechos denunciados y prestó conformidad con la pena solicitada. La denunciante también fue informada acerca de los alcances del procedimiento y dijo estar de acuerdo.
Durante tres años, A. R. Z. deberá cumplir las reglas de conducta que le dictó la jueza María Victoria Montoya Quiroga, entre ellas, someterse al cuidado del Programa de inserción social y supervisión de presos y liberados; prohibición de usar estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas; realizar tratamiento psicológico previo diagnóstico de un profesional; prohibición de acercamiento a la víctima y a su grupo familiar en un radio de 500 metros; prohibición de establecer cualquier tipo de contacto con la menor, por cualquier medio, entre otras obligaciones.
Finalmente, se ordenó la extracción de material genético del condenado por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato único de Identificación Genética (DUIG), para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos.
Nota: Se omitió el nombre completo de las personas involucradas para preservar la identidad de la menor y su derecho a la intimidad y confidencialidad, en virtud de la Convención de los Derechos del Niño (artículo 75, inciso 22 de la Constitución Nacional, Ley 23849) y las Leyes 26061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y 26522 de Servicio de Comunicación Audiovisual.
Fuente de la Información: El Tribuno