Aborto no punible: el fallo de la Corte sólo se cumple en 8 provincias
12/03/2014. Noticias sobre Justicia > Noticias de Argentina
El resto aún no elaboró protocolos para regularlo o impuso límites.
En el Congreso da vueltas un proyecto de ley para que el aborto sea legal, gratuito y seguro, pero nadie quiere tratarlo. No sorprende, si ni siquiera se cumple con lo que ya es legal. El Estado debe garantizar el acceso al aborto contemplado en el Código Penal. Sin embargo, la ausencia de protocolos en los sistemas de salud, la burocracia y la desidia de ciertos tribunales de justicia limitan a diario su práctica. Dos años atrás, la Corte Suprema determinó el alcance del derecho al aborto no punible. Exhortó a las autoridades a implementar protocolos hospitalarios y pidió no judicializar los casos. Sin embargo, hoy sólo un tercio de las provincias asegura este derecho que las mujeres tienen desde 1921.
La Corte sentenció que “el aborto no es punible cuando el embarazo provenga de una relación sexual no consentida”. Punto. Fin de la discusión, pero no. “Las reacciones a la exhortación de la Corte fueron variadas. Autoridades de algunas jurisdicciones recibieron con beneplácito la sentencia, pero aún no adecuaron su reglamentación; otras adecuaron su normativa; algunas no se manifestaron o se manifestaron en contra y aún no adecuaron sus regulaciones; otras siguen discutiendo posibles reformas, y están las que se manifestaron en contra aunque luego regularon en algún sentido”, dice el último informe de la Asociación por los Derechos Civiles (ADC).
Las jurisdicciones cuyos protocolos de atención más se ajustan a lo dispuesto por la Corte son Chubut, Santa Fe, Chaco, Jujuy, Misiones, Tierra del Fuego, La Rioja y Santa Cruz. “Adhieren de modo expreso o en su sustancia a la Guía Técnica de Atención Integral de los Abortos no Punibles, en su versión actualizada de 2010, redactada por el Ministerio de Salud de la Nación”.
Ocho jurisdicciones obedecieron en forma parcial: Salta, La Pampa, Córdoba, Entre Ríos, Buenos Aires, Ciudad de Buenos Aires, Río Negro y Neuquén. Todas incorporan requisitos que limitan el acceso al aborto (no regularlo en caso de peligro de vida o salud de la mujer, poner límite en la semana 12, que las menores de 18 años tengan el consentimiento de sus padres; que se verifique la procedencia del aborto, que los médicos planteen su objeción de conciencia al momento de atender a la paciente).
Y aún hay ocho jurisdicciones que ni tienen protocolos. Son: Catamarca, Corrientes, Formosa, Mendoza, San Juan, San Luis, Santiago del Estero y Tucumán. El informe de la ADC agrega a la jurisdicción nacional: “El Ministerio de Salud de la Nación, máximo responsable de la política sanitaria de nuestro país, no le ha dado rango de resolución ministerial a la Guía Técnica de Atención Integral de Abortos No Punibles, paso ineludible para que dicho instrumento tenga el efecto legal necesario para garantizar el acceso efectivo a la interrupción del embarazo”.
Fuente: Clarín