Castigo municipal para los deudores alimentarios
13/03/2013. Noticias sobre Justicia > Noticias de Salta
La iniciativa prohíbe inscribir, dar el alta o baja, realizar transferencias, otorgar habilitaciones y entregar el carné de conducir a las personas que se encuentren en el Registro de Deudores Alimentarios.
ara que los morosos no puedan obtener el carné de conducir el proyecto establece la incorporación de un nuevo inciso, el 9, en el artículo 12 del Código de Tránsito. Quienes figuren dentro del registro tampoco podrán ocupar cargos ejecutivos jerárquicos en la Municipalidad de Salta, conforme lo establece la iniciativa. De este modo, cualquier hombre o mujer que se encuentre dentro del citado registro no podría siquiera conseguir la habilitación para abrir un local comercial dentro del ejido capitalino. La iniciativa contempla que no se emitirá ningún tipo de licencia o “concesiones de cualquier naturaleza” para los integrantes de dicha base de datos.
El concejal Raúl Medina, autor del proyecto, fundamentó que “la iniciativa apunta a crear una herramienta para los jueces de familia y para que las madres que padecen las consecuencias de esto no tengan que luchar solas”. Medina señaló que “se intenta defender los derechos de los niños y que es necesario que toda la sociedad tiene que tener identificados a quienes cometen este delito”.
El Registro de Deudores Alimentarios Morosos se creó en el año 2006 a través de la ley provincial 7.411. No solo incluye los nombres de quienes no pasan la cuota alimentaria, sino también de los empleadores que no cumplan con las retenciones judiciales. La comuna se adhirió en el 2008, a través de la ordenanza 13.398.
Fuente: El Tribuno