Dictan la inconstitucionalidad de la reforma del Consejo
11/06/2013. Noticias sobre Justicia > Noticias de Argentina
La jueza Servini de Cubría, en la primera sentencia sobre la cuestión de fondo, falló en contra de la nueva composición del organismo y de la elección por voto popular de sus miembros.
a jueza María Servini de Cubría dictó ayer la primera sentencia definitiva contra la reforma del Consejo de la Magistratura: declaró inconstitucional tanto la nueva composición que la ley establece para el organismo como la forma "popular y partidaria" de elegir a sus miembros.
En consecuencia , suspendió las elecciones de consejeros, previstas para las próximas elecciones primarias, el 11 de agosto. " En el marco de inconstitucionalidad señalado precedentemente , resulta inviable la realización de los comicios previstos y convocados por la normativa en cuestión", afirmó.
La nueva ley, promovida por la Casa Rosada, establece que los representantes de los jueces, abogados y académicos ya no sean designados por sus pares sino por el voto popular y que sólo puedan presentarse a elecciones en boletas de partidos políticos. A juicio de Servini, esto "resulta totalmente incompatible con la necesaria independencia política que debe demostrar todo magistrado".
Servini firmó su fallo anoche, cuando eran casi las 23, en su despacho del Palacio de los Tribunales. Resolvió el amparo presentado por el presidente del Colegio de Abogados de la Capital Federal, Jorge Rizzo, contra la reforma. Casi en simultáneo, la jueza firmó además un fallo muy parecido en la causa promovida por Carlos Trabulsi, del Partido Demócrata. Le quedan por resolver varios amparos más, todos de contenido similar, en los que se prevé que sus sentencias serán casi calcadas.
Hoy, el Poder Ejecutivo será notificado de lo resuelto anoche y tendrá dos días para apelar la sentencia ante la Cámara Electoral. También podría evitar esta instancia y acudir directo a la Corte Suprema a través de un per saltum .
Todos tienen claro que, en definitiva, será el máximo tribunal el que decida el destino de la reforma. Tanto es así que su presidente, Ricardo Lorenzetti, ya anunció públicamente que una vez que reciba el caso, la Corte lo resolverá lo más rápido posible.
Servini es la única jueza federal con competencia electoral a nivel nacional. Fue la primera que dictó una sentencia de fondo contra la reforma del Consejo de la Magistratura. Hasta ahora, todas habían sido medidas cautelares, que habían "suspendido" (no dejado "sin efecto") la convocatoria a elecciones de consejeros.
Su fallo de ayer tuvo tres ejes centrales: "el equilibrio" del Consejo -según ella, roto por la reforma-, "la elección popular y partidaria" y "la independencia" judicial.
"El solo hecho de pensar en jueces cuyos nombres figuren en boletas electorales encabezadas con el nombre de un partido político, le quita a esos magistrados todo atisbo de independencia o imparcialidad, permitiendo abrigar fundadas sospechas en relación a su futura actuación en los posibles casos en que esa entidad política o sus integrantes pudieran tener intereses", afirmó Servini.
Además, sostuvo que la reforma vulnera el "equilibrio" que exige la Constitución entre los diferentes estamentos porque incrementa en forma desproporcionada el número de académicos, de uno a seis.
"Si sumamos a ello la circunstancia de que los integrantes de dicho estamento pasarán a ser elegidos mediante el voto popular, en listas de candidatos propuestas por los partidos políticos, la desnaturalización del cuerpo se acentúa no sólo por la variación del número de miembros (...), sino por el origen político partidario de los mismos", sostuvo. De convalidarse esa desproporción -añadió- "el Consejo podría sufrir influencias indeseables".
La jueza cuestionó además uno de los principales argumentos del Gobierno en favor de la reforma: su propósito de poner fin a "la corporativización" de la Justicia. "Cabe destacar -afirmó Servini- que no se ha podido explicar en qué consiste ese fenómeno, qué efectos produciría y cómo afectaría la independencia de los jueces, no mencionándose ni siquiera un caso concreto que pueda ser prueba de la existencia de dicho extremo."
En lo que respecta a "la elección popular y partidaria", Servini afirmó, en primer lugar, que "no se han encontrado a nivel local ni a nivel latinoamericano antecedentes respecto de la elección de los miembros del Consejo de la Magistratura a través del voto popular". Y advirtió que, "menos aún", que esa elección sea a través de los partidos.
"El artículo 114 de la Constitución Nacional adjudica el origen en la elección popular sólo a los representantes de los órganos políticos", recordó. "La amplia mayoría de las naciones ha optado, con la sabiduría que otorgan varios siglos de desarrollo institucional, por separar el proceso de selección de magistrados de las contingencias de la vida política, a fin de que los jueces no queden involucrados en las disputas que provocan los intereses de determinados sectores políticos."
Según Servini, los jueces consejeros "podrían encontrarse comprometidos con los intereses políticos que apoyaron su candidatura".
La jueza mencionó además, como una "hipótesis posible", que un partido gobierne, tenga mayoría en el Congreso y en el Consejo de la Magistratura y que, con "semejante acumulación de poder", decida sancionar o someter a juicio político a un magistrado que "dictara sentencias desfavorables a los intereses partidarios que lo postularon". "Resuelvo en consecuencia, hacer saber que queda sin efecto jurídico la convocatoria electoral prevista para la elección de miembros del Consejo de la Magistratura", declaró, cuando falta un mes para la fecha prevista para estos comicios.
Fuente: Infobae