Diputados debatirán la ley sobre mediación a distancia
29/03/2025. Noticias sobre Justicia > Noticias de Salta
El proyecto, que ya tiene media sanción del Senado, incluye la posibilidad de incorporar procedimientos tecnológicos y con acuerdo de las partes.
La Cámara de Diputados agendó para la sesión del próximo martes el proyecto de ley que modifica el artículo 15 de la Ley 7324 para incluir la posibilidad de que la primera audiencia de mediación se haga a distancia, a través de procedimientos tecnológicos y con acuerdo de las partes.
La iniciativa de los senadores Miguel Calabró y Sergio Saldaño ya cuenta con media sanción del Senado y la Cámara baja la llevará al recinto en la sesión del próximo martes.
La modificación será incluida en el artículo 15, capítulo Judicial, de la Ley de Mediación, referido a la comparencia y representación.
El texto propuesto para incluir la opción de mediación a distancia tiende a establecer que la primera audiencia del procedimiento podrá realizarse con esa modalidad, a propuesta del mediador o la mediadora, con acuerdo de las partes.
Se propone que las audiencias se celebren a través de los canales y procedimientos electrónicos de comunicación según la reglamentación que establezca la autoridad de aplicación, quien deberá asegurar la confidencialidad del procedimiento y la identidad de las partes.
Los diputados aprobarán una Declaración para que el Ejecutivo gestione ante organismos multilaterales de crédito y de financiamiento internacional, recursos para instalar una central de generación de energía eléctrica en Pichanal para mejorar el servicio en el norte provincial.
Según se detalló en el Senado, este precepto se sumará a los dos primeros que contiene al artículo 15 y que determinan que las personas físicas deben comparecer por si al procedimiento de mediación, salvo motivos de fuerza mayor fehacientemente justificados, en cuyo caso podrán ser representadas por un apoderado con mandato suficiente.
El poder, en estos casos y para esta sola finalidad, podrá ser otorgado ante autoridad judicial o administrativa.
En tanto, las personas jurídicas deben comparecer por medio de sus representantes estatutarios con acreditación documentada de su personería y la facultad de celebrar acuerdos en cuestiones litigiosas, extremo que será verificado por el mediador.
El proyecto de ley fue aprobado en diciembre del 2024 y la Cámara de Diputados resolvió incluirlo en el acta de labor del próximo martes.
Fuente de la Información: El Tribuno