Eduardo Barcesat: "Esto concita un pedido de juicio político"
05/04/2025. Noticias sobre Justicia > Noticias de Salta
El constitucionalista Eduardo Barcesat cree que están comprendidos el Presidente, el ministro de Justicia y DDHH, y los tres jueces de la Corte, que dieron viabilidad al acto institucional del Presidente y tomaron juramento a García Mansilla
¿Cómo analiza el rechazo por parte del Senado a los pliegos de Ariel Lijo y Manuel García Mansilla como jueces de la Corte?
Es una lección de derecho que le ha dado el Senado de la Nación, tanto al Presidente de la Nación, a su ministro de Justicia, a su Secretaría Legal y Técnica, como a los ministros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que lo convocaron a prestar juramento en comisión al Dr. García Mansilla. Y, por supuesto, para García Mansilla es una desautorización de su conducta bajo la forma más severa que tiene el derecho, que es la nulidad absoluta e insanable, porque se trata de una nulidad constitucional. Lo que ha establecido el pronunciamiento del Senado de la Nación es quitarle la posibilidad del acuerdo y por lo tanto su pliego ha sido rechazado.
¿Cuál es la situación?
Primero, hay que ver los fallos ya dictados que haya suscripto el Dr. García Mansilla. En derecho cuando hay una nulidad constitucional es absoluta e insanable, y esto significa volver al día previo al de la producción del acto nulo y antijurídico, que sería la toma de juramento que hicieron los otros tres ministros de la Corte. Pero como esto puede dañar intereses de terceros, una solución, llamémosla salomónica, sería que quede separado del cargo sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos hasta la fecha del pronunciamiento de la Cámara de Senadores de la Nación.
¿Y lo segundo?
Se impone considerar cuál es la situación de quienes firmaron con todo, diría, error o malicia, ese decreto de designación en comisión sabiendo que la Constitución claramente separa lo que refiere a Poder Judicial de la Nación, los magistrados de primer grado y de ministros de la Corte Suprema, que prevé un régimen de examen, de votación agravado, requiere dos tercios de los votos de la Cámara de Senadores, y un trámite previo de divulgación de sus antecedentes curriculares para recibir avales o tachas, y recién luego el tratamiento en la audiencia pública previo a emitir el voto. Bueno, como esto no ocurrió, se ha cometido una violación de los deberes del funcionario público de extrema gravedad, porque es una lesión al deber de obediencia a la supremacía de la Constitución Nacional. Y no se le puede escapar a ningún operador del derecho que las designaciones en comisión es para funcionarios del Poder Ejecutivo. A menos que digan que los nuevos pretensos ministros (de la Corte) sean funcionarios del Poder Ejecutivo, con lo cual ya la división de poderes que está tambaleando terminaría de caerse en la institucionalidad argentina. De modo que, lo que concita este mal obrar del Poder Ejecutivo y de los ministros de la Corte Suprema de Justicia es el pedido de juicio político por mal desempeño y posible comisión de delito en ejercicio de la función pública, porque es una violación de los deberes del funcionario público y abuso de autoridad. Este es el cuadro institucional, y a esto convoca el obrar con una conducta que es mitad prepotencia institucional y mitad ignorancia institucional.
El juicio político que plantea ¿sería contra el Presidente?
Para mí están comprendidos el Presidente y el ministro de Justicia y Derechos Humanos, que son alcanzables por el pedido de juicio político, y los tres integrantes de la Corte, que le dieron viabilidad al acto institucional que perpetró indebidamente el Presidente y le tomaron juramento (a García Mansilla).
Fuente de la Información: El Tribuno