"En el nuevo Código Penal nacional trabajan salteños"
16/05/2016. Noticias sobre Justicia > Noticias de Argentina
"No basta con una legislación penal que se ocupe solo de los delitos, es imprescindible una legislación contravencional que castigue o se ocupe de sancionar las transgresiones o acciones disvaliosas pre-delictivas".
"Existe una legislación contravencional "enana'', insuficiente y mal regulada como la de Salta". Estas ideas y otras, explica en una entrevista con Jorge Villada, profesor de Derecho Penal, autor de más de 20 libros de su especialidad y exmagistrado judicial provincial y federal en cuatro provincias.
Está colaborando con la idea de presentar un anteproyecto de reformas al código penal argentino (concordado con los códigos latinoamericanos de países que integren al Mercosur).
¿Cómo nació la idea de la reforma?
Fue una investigación de alumnos, docentes y abogados con otras universidades, y todos colaboran en el proyecto con apoyo de la Ucasal.
¿Es un aporte nuevo?
Sí es una iniciativa distinta a las gubernamentales manifestada años anteriores que no prosperaron hasta la fecha.
¿Está identificado con una escuela del derecho penal en especial?
La mejor escuela de derecho es la que responde a lo que la sociedad espera de sus leyes. Queremos presentar una propuesta que responda a un derecho penal argentino y realista, apegado a las demandas de nuestra sociedad tal como se ha hecho en unos pocos países europeos. No queremos repetir los errores que se le criticaron al anteproyecto de 2013 u otros confeccionados por porteños y que prescindían de una necesaria visión general que el código penal debe tener para todo el país y no solo para Buenos Aires. Tampoco puede ser un producto de gabinete científico desapegado de la realidad social que se pretende regir.
¿Cuándo concluye la iniciativa?
A fines de mayo y se remitirá copia de la misma al Congreso de la Nación, al Ministerio de Justicia, al Ministerio de Seguridad, a distintas universidades del interior del país y asociaciones de abogados y magistrados judiciales de todo el país para su discusión y debate.
¿Cuáles son las novedades que trae el proyecto?
La propuesta de reforma gira en torno a tres ideas-fuerza: 1) los delitos contra las personas prevé penas mayores y diferenciadas según la gravedad del delito, reagravándose especialmente cuando las víctimas pertenezcan a los sectores más vulnerables de la sociedad (mujeres, niños, ancianos, discapacitados, personas enfermas o que no puedan valerse por si mismas), porque en esos casos hay una mayor carga de criminalidad en el delincuente y una mayor indefensión en las víctimas; 2) la mayoría de los delitos contra la propiedad o de carácter penal-económico solo se investigarán a pedido del interesado o víctima previéndose instancias de reparación integral del daño causado y también el integro pago de las costas que produzca el proceso, como modo de atenuar la pena, dando así una respuesta más realista a las víctimas y no cargándole a la sociedad o a el estado de forma exclusiva los costos que genera la investigación y procesos penales (delinquir en Argentina, no puede seguir siendo gratuito) y 3) se incorporan nuevos delitos que tienen relación con la tecnología, el medioambiente, la manipulación genética y de organismos que trabajan por el bien común.
¿Se trata la responsabilidad penal de funcionarios de la Justicia y de seguridad?
Sí, cuando no investigaron en su debido momento delitos menores que luego culminan en otros más graves como reiteradas denuncias por violencia familiar, incumplimientos alimentarios, violencia de género, inconductas funcionales y otras omisiones que provocan sensación de impunidad.
¿Y la cuestión del infanticidio?
El proyecto prevé una atenuación para la mujer cuando se encuentre bajo los efectos psicológicos de grave alteración producida por el puerperio o si el embarazo hubiese provenido de una violación. Pero esta consideración solo es válida para los recién nacidos, porque el homicidio de un menor de 10 años será una forma de homicidio agravado sin atenuantes de ninguna índole.
¿Y sobre el delito de corrupción?
En este caso se han diseñado tipos penales novedosos y modificado alguno de los existentes, para abarcar con el castigo penal toda forma de corrupción mayor o menor en el desempeño de la función pública sea de carácter económico o de otra naturaleza. Se castiga al funcionario y al particular que le sirve de soporte (como el testaferro). También se establece para los casos graves la imprescriptibilidad de estos delitos. El anteproyecto prevé una agravación genérica para todos los delitos cometidos cuando el autor sea un funcionario público y esta circunstancia no esté expresamente prevista. Se parte de la base que el funcionario público por su carácter de tal tiene mayores responsabilidades que el ciudadano común y por ende le es exigible una conducta más cuidadosa y ejemplar, por lo que se lo trata con mayor rigor punitivo en lo que respecta a su desempeño, fundamentalmente.
¿Qué espera la gente del derecho penal?
Espera que sea la última instancia del castigo, solucione todos los conflictos que ocurren en una sociedad. Cuanto mayor celo pongamos en las reglas de convivencia social, evitaremos muchos delitos.
Fuente: El Tribuno