Entre los 9 y los 12 años abusó sexualmente de su hijastra
11/04/2025. Noticias sobre Justicia > Noticias de Salta
El sujeto de 48 años fue condenado a 16 años. El juez impuso una pena efectiva mayor a la solicitada por la Fiscalía.
El 24 de este mes se cumplirán dos años de la última vez que una niña de 12 fue abusada sexualmente por su padrastro. El hombre, de 48 años, fue condenado a 16 años de prisión efectiva por delitos de abuso sexual agravado contra su hijastra, entre los 9 y 12 años. En su veredicto, el juez Javier Aranibar, decidió ampliar la condena solicitada por el representante del Ministerio Público Fiscal, el fiscal Federico Jovanivics quien reemplazo a Pablo Rivero, de la UDIS 4.
Aprovechando la vulnerabilidad de una niña de 9 años, el sujeto solía actuar por las noches cuando la madre de la pequeña se ausentaba por cuestiones laborales. El calvario duró varios años y se perpetró en una humilde casa de La Merced.
Con 12 años, y luego de haber asistido al cine junto a su tía, en abril del 2013 la víctima sintió el impulso de contar el horror en el que estaba inmersa. Antes, la menor rompió en llantos y fue justamente esas sentidas lágrimas la que condujeron a su tía a preguntarle ¿Qué le pasaba?
A partir de ese momento la niña relató el ultraje al que su padrastro la sometió, arruinando por completo su infancia. Actos que comenzaron con tocamientos terminaron con acceso carnal durante varios años. "Siempre me hacía el amor para darme permiso", fue una de las aberrantes frases que arrojó la víctima en Circuito Cerrado de Televisión (CCtv).
La frase alude a la manipulación y perversión del hombre en perjuicio de la menor, le decía que quería hacerle el armo y terminaba abusando sexualmente de su hijastra. Dicho ultraje le permitía luego a la víctima recibir algún tipo de "beneficio", básicamente un trato menos violento por parte del ahora condenado.
En cámara Gesell, la menor contó que el hombre se metía en su cama, la tocaba por debajo de la ropa, y luego se iba sin decir una palabra. Su testimonio fue considerado creíble, consistente y emocionalmente verosímil por los profesionales intervinientes. Los informes psicológicos descartaron indicios de fabulación o influencia externa. "La niña no buscó protagonismo ni mostró contradicciones relevantes", concluyeron los peritos.
La sentencia
El Tribunal de Juicio, presidido por el juez Aranibar, resolvió condenar al acusado por el delito de abuso sexual gravemente ultrajante, en calidad de autor. Se tomó en cuenta la duración de los abusos, la relación de convivencia con la víctima y la afectación emocional profunda que los hechos causaron en la menor. En el fallo el magistrado declaró la inconstitucionalidad del artículo 488 del Código Procesal Penal, que imposibilita al tribunal de dictar una condena más alta que la requerida por la parte acusadora.
"No se trató de un hecho aislado ni ocasional. La conducta se repitió en el tiempo, en un contexto íntimo donde la niña debía sentirse protegida", destacaron los magistrados en los fundamentos. El hombre fue inmediatamente trasladado a la Unidad Carcelaria 1, y la menor fue reubicada junto a su madre, bajo seguimiento psicológico y social.
Fuente de la Información: El Tribuno