Escándalo en Salta | Acusados de asociación ilícitas sobreseídos por acogerse al blanqueo de capital de Milei
11/10/2024. Noticias sobre Justicia > Noticias de Salta
En una entrevista exclusiva con NG Federal, el fiscal federal Carlos Amad cuestionó el fallo del Tribunal Oral Federal N°1 de Salta, que sobreseyó a Matías Huergo y otros ocho acusados por evasión fiscal.
Amad expresó que el decreto 608/2024, que permitió este sobreseimiento, es inconstitucional , y adelantó que apelará la decisión ante la Cámara de Casación.
El fiscal federal Carlos Amad anunció su intención de apelar la inconstitucionalidad el sobreseimiento del empresario Matías Luis Huergo y otros ocho acusados de asociación ilícita en Salta. En diálogo exclusivo con NG Federal , Amad afirmó que "el blanqueo no puede ser un escudo para evadir la responsabilidad penal en delitos graves". El caso ha desatado un intenso debate sobre la aplicación de las leyes de blanqueo de capitales en Argentina.
El empresario Matías Luis Huergo y los demás acusados fueron imputados por integrar una asociación ilícita dedicada a la evasión de impuestos mediante facturas apócrifas, generando un perjuicio económico tanto al fisco nacional como a las arcas de la Municipalidad y la provincia de Salta. No obstante, el tribunal, con los votos de la jueza Marta Liliana Snopek y el juez Marcelo Juárez Almaraz, resolvió el sobreseimiento de los imputados, al acoger su solicitud de blanqueo de capitales amparada en el decreto 608.
Declaraciones del fiscal Amad
En conversación con NG Federal , el fiscal Carlos Amad fue tajante: "El decreto 608 es inconstitucional, ya que no puede beneficiar a personas imputadas por delitos graves como la asociación ilícita tributaria" , declaró.
El fiscal explicó que, aunque el blanqueo de capitales puede aplicarse para regularizar situaciones fiscales, "no es un escudo para evadir la responsabilidad penal cuando se trata de delitos complejos como el que involucra a Huergo" .
Amad también detalló que el juez Federico Santiago Díaz votó en disidencia, al coincidir en que la norma no debía ser aplicada en este caso. "La asociación ilícita es un delito que excede lo puramente tributario, y no puede ser subsanado solo con un pago al fisco" , enfatizó el fiscal.
“Estas personas no estaban acusadas de evadir impuestos directamente, sino de formar parte de asociaciones ilícitas tributarias”, dijo Amad
Además, enfatizó que, de acuerdo con el decreto que reglamentó el blanqueo de capitales, este tipo de delitos no estaban incluidos en la legislación original, lo que genera un vacío legal que la corte deberá resolver.
Amad ha solicitado la inconstitucionalidad del decreto que permitió este sobreseimiento, argumentando que el delito de asociación ilícita no debería ser incluido en el blanqueo de capitales, ya que su naturaleza no se extingue simplemente con el pago de la deuda.
“Este es un tema serio. Estamos hablando de un delito que no se termina pagando lo que no se pagó”, expresó el fiscal, que anticipa que llevará el caso a la Cámara Federal de Casación.
Por ahora, la causa permanece en un estado de paralización debido a la apelación interpuesta. El fiscal anticipa que el fallo que emite la Corte Suprema será determinante, aunque se muestra escéptico sobre la celeridad del proceso judicial.
“Ojalá que la casación sea rápida en resolver esto, pero quién sabe cuándo”, concluyó.
Esta situación marca un precedente inusual en la provincia de Salta y plantea interrogantes sobre la eficacia de los mecanismos de blanqueo de capitales y su posible utilización para la regularización de delitos graves. La comunidad y las autoridades fiscales seguirán de cerca el desarrollo de este caso, que podría sentar un importante precedente para futuras acusaciones de asociación ilícita tributaria en el país.
Fuente de la Información: Diario22.ar