Justicia suspendió el pago de la tasa del 3% al GNC en taxis y remises
10/03/2015. Noticias sobre Justicia > Noticias de Salta
La Corte de Justicia le dio luz verde a la Cámara de Estaciones de Servicio, Expendedores de Combustibles y Afines de Salta y declaró inconstitucional la aplicación del Fondo de Reparación para taxis y remises.
La Corte de Justicia le dio luz verde a la Cámara de Estaciones de Servicio, Expendedores de Combustibles y Afines de Salta y declaró inconstitucional la aplicación del Fondo de Reparación para taxis y remises que el año pasado aprobó el Concejo Deliberante y que a principios de año, fue promulgado por el Ejecutivo municipal.
En este sentido, la justicia le ordenó al municipio que se abstenga de implementar el denominado Fondo de Reparación para el Sistema de Transporte Impropio de Pasajeros de Taxis y Remises con Licencia Individual creado por la ordenanza 14902, que tenía por objeto el otorgamiento de subsidios a choferes de taxis y remises que sean titulares de licencias individuales.
El subsidio en cuestión iba a estar integrado por una contribución equivalente al 3% sobre el precio de venta de G.N.C. del total comercializado mensualmente por las estaciones de servicio. La normativa indignó a los comerciantes del rubro quienes alegaban que la "contribución" a la postre resultaba ser un impuesto y que el municipio no estaba facultado para determinar este tipo de tributos y se excedía en las competencias conferidas.
La demanda contra el municipio se sustentó en que la ordenanza contraviene los principios constitucionales de legalidad e igualdad tributaria; que la ausencia de detalles sobre la mecánica de la tributación afecta el principio de seguridad jurídica desde la perspectiva del contribuyente; que se afecta la garantía de razonabilidad, y que se vulnera el derecho de propiedad.
Fuente: Poder Judicial de Salta