La Corte condenó al Estado a indemnizar a una importadora por una traba aduanera
16/05/2014. Noticias sobre Justicia > Noticias de Argentina
El máximo tribunal consideró que el Gobierno debe resarcir a la empresa que se vio perjudicada por las restricciones a las importaciones. Es un precedente clave para el empresariado
El máximo tribunal revocó una sentencia que eximía al Estado de resarcir el perjuicio para una empresa de motos por el contrato no cumplido y estableció la responsabilidad estatal aún ante decisiones consideradas "lícitas".
Los ministros condenaron al Estado a indemnizar a una empresa importadora de motos que celebró un contrato para traer al país seis mil ciclomotores usados en 1992 pero no pudo cumplir a raíz de una prohibición de importación dispuesta por el gobierno de Carlos Menem.
"El obrar lícito del Estado puede justificar una indemnización a quien se ve perjudicado si el daño sufrido es anormal, esto es que vaya más allá de lo que es razonable admitir en materia de limitaciones al ejercicio de derechos patrimoniales", estableció el máximo tribunal.
En el caso, la firma Malma Trading SRL celebró en junio de 1992 un contrato con la japonesa Sanko Industries para la importación de los ciclomotores usados, y "en ese marco entregó 42 mil dólares como anticipo, dinero que iba a ser imputado al último embarque".
Poco después se efectuó el primer embarque de ciclomotores, "lo que generó un pago de 80 mil dólares", pero "posteriormente el Ministerio de Economía dictó la resolución 790/92 mediante la cual prohibió la importación de motos o ciclomotores".
El gobierno de entonces rechazó incorporar a Malma a una serie de "excepciones" contempladas en la disposición del Ministerio de Economía, lo que dio lugar al reclamo judicial.
El fallo admitió la demanda "por la cantidad de pesos equivalentes a 42 mil dólares, según la cotización correspondiente al día del efectivo pago, importe que deberá ser abonado en los términos del régimen de consolidación".
Fuente: Infobae