La organización Human Rights Watch dijo que Milei no debería cubrir las vacantes de la Corte Suprema por decreto
10/12/2024. Noticias sobre Justicia > Noticias de Argentina
En un comunicado, sostuvo que el Presidente “debería abstenerse” de nombrar al juez federal Ariel Lijo y a Manuel García-Mansilla al máximo tribunal sin el aval del Senado.
La organización de derechos humanos Human Rights Watch (HRW) dijo que el Presidente Javier Milei “debería abstenerse” de nombrar por decreto al juez federal Ariel Lijo y a Manuel García-Mansilla a la Corte Suprema, una nueva advertencia sobre dos designaciones críticas en la Justicia.
“Al cumplirse un año de su gobierno, el presidente Milei debe demostrar que su gobierno respeta la independencia judicial siguiendo el proceso legislativo para el nombramiento de los jueces de la Corte Suprema”, señaló Juanita Goebertus, directora para las Américas de Human Rights Watch, en un comunicado al que accedió LA NACION. “En lugar de designar a sus actuales candidatos por decreto, el presidente Milei debería nominar a candidatos de la mayor integridad y trabajar con el Senado para que sean aprobados”, completó.
En mayo de este año, Goebertus ya había cuestionado la elección de Milei al indicar que debería considerar seriamente “las serias preocupaciones planteadas sobre el juez Lijo y garantizar que todos los nominados a la Corte Suprema tengan la máxima integridad y cualificaciones”. Goebertus había dicho además en una entrevista con LA NACION en marzo, al trazar un panorama sobre los derechos humanos en la Argentina, que el tema se iba a dirimir “en la fortaleza institucional, particularmente del Poder Judicial”. También dijo que una medida de la fortaleza institucional era si un presidente puede tomar medidas que van en contra de la constitución. Y en enero, la misma organización había dicho también que le preocupaba que Milei quisiera gobernar por decreto.
El comunicado de Human Rights Watch remarca que un artículo de la constitución argentina permite al presidente “llenar las vacantes de los empleos, que requieran el acuerdo del Senado, y que ocurran durante su receso”. La organización consideró que, aunque la Justicia no se ha pronunciado sobre esta disposición en lo que respecta a jueces de la Corte Suprema, “algunos juristas señalan que las vacantes de la Corte Suprema no son “empleos”, sino que la disposición se refiere únicamente a embajadores, militares y otros funcionarios del poder ejecutivo”. Esa disposición, indicó la organización, tampoco parecería aplicarse a las vacantes que se producen antes del receso del Congreso en el que se dispone el nombramiento por decreto.
Juanita Goebertus, directora para las Américas de HRWGabriel Aponte - Getty Images South America
Human Rigths Watch recordó el antecedente de Mauricio Macri, que intentó utilizar la misma disposición constitucional para cubrir dos vacantes en la Corte Suprema por decreto presidencial. En ese momento, Human Rights Watch y otras organizaciones civiles y juristas criticaron esa decisión. Pero los dos jueces nombrados por Macri, Carlos Rosenkrantz y Horacio Rossatti, no asumieron el cargo hasta que obtuvieron los dos tercios de los votos requeridos en el Senado gracias a un acuerdo del macrismo con el peronismo.
Argentina ha ratificado tratados de derechos humanos, incluidos el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que exigen asegurar la independencia e imparcialidad del poder judicial. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sostenido en repetidas ocasiones que los jueces deben ser nombrados mediante un “adecuado proceso de nombramiento” que proteja su independencia, en particular frente a los poderes ejecutivo y legislativo.
Human Rights Watch reiteró la preocupación de la sociedad civil por el historial de Lijo como juez federal, y por las posiciones de García-Mansilla sobre derechos sexuales y reproductivos. Lijo tiene cinco investigaciones disciplinarias pendientes en el Consejo de la Magistratura. “Según un estudio, se ha enfrentado a otros 29 procedimientos disciplinarios que fueron archivados, incluidos 16 sin ningún análisis. Algunos procedimientos se basaron en acusaciones de que Lijo atrasó o manipuló investigaciones por casos de corrupción”, indicó el comunicado.
Además de esos antecedentes, la organización también planteó sus reparos por la ausencia de una mujer en el máximo tribunal de la Argentina. “Una Corte Suprema exclusivamente compuesta por hombres corre el riesgo de perpetuar las barreras sistémicas que dificultan el acceso de las mujeres a los puestos de liderazgo en el poder judicial, socavando los esfuerzos más amplios hacia la igualdad de género y la diversidad en las instituciones públicas”, indicó la organización.
Fuente de la Información: La Nación