Llamado de atención para un abogado porque presentó un recurso sin cumplir con los requisitos
07/05/2013. Noticias sobre Justicia > Noticias de Salta
La sanción fue interpuesta por la Corte de Justicia, en virtud de su competencia.
La Corte de Justicia declaró la inexistencia procesal de un recurso de revisión interpuesto por un abogado defensor contra una sentencia de prisión perpetua que había sido impuesta por la Cámara Primera en lo Criminal. Además dispuso llamarle la atención al letrado ya que no es la primera vez que incurre en la misma conducta procesal.
La Corte tiene competencia para entender sobre los recursos de casación, inconstitucionalidad y revisión según el Código Procesal Penal.
El abogado interpuso el recurso de revisión fundamentándolo en una transcripción parcial de un fallo de la Cámara Nacional de Casación Penal y de un artículo de doctrina, ambos ajenos a la cuestión, además de contener algunas apreciaciones que parecen desconocer, a criterio del Alto Tribunal de la Provincia, “la calidad y alcance de la defensa oficial, constitucionalmente amparada”.
El abogado adujo representar al condenado, pero no acreditó el carácter invocado ni acompañó la documentación exigida por la ley procesal dentro de los plazos establecidos. Los escritos firmados sólo por el letrado, constituyen actos jurídicamente inexistentes según sostiene la doctrina. Y en el caso particular del letrado involucrado, no es la primera situación de este tipo ya que fue advertido sobre la situación en otra causa que se tramitó en la Corte de Justicia de Salta.
La Corte de Justicia invocó las potestades previstas en el artículo 112 del Código Procesal penal que constituyen una específica manifestación de la dirección del proceso y proceden ante las faltas cometidas en las presentaciones ante el Alto Tribunal.
Fuente: Poder Judicial de Salta