Los jueces Cornejo y Ferraris rechazaron la reincorporación de un policía cesanteado
19/04/2013. Noticias sobre Justicia > Noticias de Salta
Se trata de Gustavo Quiroga quien en 2009 fue uno de los efectivos policiales que participó de la protesta salarial.
Con el voto en disidencia de los jueces de la Corte Abel Cornejo y Gustavo Ferraris, la Corte de Justicia de Salta ratificó un fallo de primera instancia que restituyó en su cargo al cabo primero de la Policía de la Provincia, Gustavo Marcelo Quiroga, que había sido cesanteado debido a su presunta participación en la protesta policial llevada a cabo en enero de 2009.
Entre los fundamentos, ambos magistrados manifestaron que no resulta posible la reincorporación de Quiroga teniendo en cuenta los hechos sucedidos en la protesta policial que impidió, entre otras cosas, el libre tránsito por el peaje de Aunor indicando que “una institución en donde la disciplina y la obediencia vertical se resquebraja en una situación deliberativa y conspirativa como la que sucedió en su momento con los insurrectos que llevaron a cabo un paro armado policial en contra de las instituciones constituidas, de ningún modo puede resultar plausible su reincorporación”.
En cuanto a las sanciones que le corresponden al ex servidor público, Cornejo y Ferraris sostienen que “aún en el caso que en jurisdicción criminal se absuelva a un funcionario o empleado, en principio la sanción disciplinaria no sería procedente, si se evocasen exactamente las mismas circunstancias y los mismos hechos que fueron la base del procedimiento penal” a lo que aclaran que “el sobreseimiento penal, no es siempre título apto para impedir la sanción administrativa o disciplinaria” por cuanto hay situaciones que pueden resultar irrelevantes en sede penal o contravencional, pero no en sede administrativa cuyo espectro sancionatorio es mayor.
De esta forma, los jueces dejaron sentada su postura en disidencia a lo que resolvió la Corte donde con el voto de la mayoría se rechazó parcialmente un recurso de apelación presentado por la Provincia, dejando sin efecto la cesantía del empleado policial, a la vez que desestimó el pago de los salarios caídos, disposición que figuraba en el fallo inicial.
La sanción disciplinaria había sido ordenada a través del decreto 1915/09 del Poder Ejecutivo provincial, que dispuso la destitución por cesantía de Quiroga “por haber actuado como vocero de la asamblea de policías”, y “haber inducido a otros miembros de la Institución para que se sumasen a la protesta”.
El Alto Tribunal se pronunció por el rechazo parcial del recurso de apelación interpuesto por la Provincia dado que “el hecho imputado al actor -que había actuado como vocero de la asamblea de policía e indujo a otros miembros de la Institución Policial a sumarse a las protestas y acuartelamiento objeto de la investigación sumarial-, fue corroborado por el informe y la declaración testimonial” de un jefe policial, pero “no se constató que el propio accionante hubiese reconocido haber participado en los sucesos investigados”.
Fuente: Poder Judicial