Mario Cafiero pidió un per saltum a la Corte
30/11/-0001. Noticias sobre Justicia > Noticias de Argentina
El ex diputado nacional pidió a la Corte Suprema de Justicia de la Nación que declare un recurso de per saltum, que le permita pronunciarse rápidamente sobre la inconstitucionalidad de la jurisdicción de tribunales extranjeros.
El ex diputado nacional Mario Cafiero pidió ayer a la Corte Suprema de Justicia de la Nación que declare un recurso de per saltum, que le permita pronunciarse rápidamente sobre la inconstitucionalidad de la jurisdicción de tribunales extranjeros para intervenir en litigios de la deuda pública, en relación con la disputa con los holdouts en el tribunal del juez de Nueva York, Thomas Griesa.
Este pedido de per saltum a la Corte Suprema es una acción que reitera lo que el propio ex legislador Cafiero, acompañado por el abogado Carlos Negri, intentó en junio pasado en el marco de una acción de amparo que apuntaba a declarar la nulidad absoluta e insanable, por manifiesta inconstitucionalidad, de la prórroga de jurisdicción a tribunales extranjeros en materia de deuda pública del Estado Nacional, que posibilitan la intervención del juez estadounidense Griesa
La presentación ante la Corte Suprema que quedó radicada bajo el expediente 1464 y procura saltar la instancia de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, tribunal que debería revisar un fallo de la jueza Macarena Marra Giménez, quien rechazó la acción de amparo.
Ese fallo no se pronunció sobre el fondo del planteo sino que lo desestimó porque entendió que Cafiero no tenía legitimidad para hacer el reclamo.
Cafiero peticionó la nulidad de las prórrogas de jurisdicción a favor de tribunales extranjeros y a las renuncia de inmunidades soberanas sobre bienes de propiedad del Estado, en materia de deuda pública.
La Constitución sólo admite la prórroga de jurisdicción en dos casos: cuando se trate de cuestiones de derechos humanos o por tratados de integración en organismos supranacionales. El resto de la jurisdicción, es decir el derecho de juzgar en cuestiones de materia federal como la deuda pública, es exclusiva de la Corte Suprema y de los tribunales inferiores de la Argentina, argumentó Cafiero.
Fuente: El Cronista