Medidas sustitutivas para defendidos por Burlando
26/09/2021. Noticias sobre Justicia > Noticias de Salta
El juez Eduardo Barrionuevo hizo lugar al recurso de apelación y revocó el arresto domiciliario de Álvarez y Rodríguez.
La mujer y el hombre que buscaron al mediático abogado Fernando Burlando como defensa técnica no paran de recibir beneficios legales. Hace algunos días el juez de la Sala III del Tribunal de Impugnación, Eduardo Barrionuevo, hizo lugar a un recurso de apelación presentado por los abogados salteños Pablo Maracón y María David revocando el arresto domiciliario que pesaba sobre María Álvarez y Gustavo Rodríguez. Ambos imputados por los delitos de estafa y defraudación.
La causa pasó por varias etapas legales y casi todas terminaron siendo favorables a los imputados. La mujer, María Álvarez, en su momento le contó a El Tribuno que debió viajar a Buenos Aires para buscar un abogado de peso porque en Salta "no me iban a escuchar".
Estrategia que terminó sirviendo a favor de la imputada dado que tras el pedido de detención dispuesto por la fiscal penal Gabriela Buabse, primero tuvieron que levantar dicha solicitud para que la mujer -en calidad de prófuga- pudiera retornar a la provincia y luego desde la Fiscalía interviniente decidieron aplicar la prisión domiciliaria, disposición que ahora también fue rechazada.
La causa donde interviene el afamado profesional del Derecho tiene como parte acusadora a la empresa avícola La Florinda SA, que demandó a Álvarez y Rodríguez por una presunta estafa millonaria que rondaría los 50 millones de pesos. La opinión pública conoció la historia cuando Burlando se hizo cargo de la defensa de la mujer sindicada de haber perpetrado la increíble estafa.
Al revocar el arresto domiciliario que fuera dispuesto por el Juzgado de Garantías de Quinta Nominación, el juez Barrionuevo impuso a los imputados las siguientes medidas sustitutivas: a) obligación de presentarse todos los días lunes o día hábil siguiente al Juzgado de Garantías; b) obligación de residir en el domicilio denunciado y no ausentarse del mismo sin autorización judicial, así como prohibición de salir del departamento Salta capital sin autorización previa del Juzgado de Garantías; c) prohibición de contactarse por medio alguno con los denunciantes y/o testigos, así como la de apersonarse a sus domicilios, lugares de trabajo o de concurrencia habitual de los mismos; d) retención de los pasaportes con libramiento de oficio al Registro Civil y Capacidad de las Personas para la toma de razón del secuestro de los mismos y la imposibilidad de otorgamiento de duplicados o nuevos ejemplares, todo ello bajo apercibimiento de revocación de lo aquí dispuesto para el caso de incumplimiento injustificado.
Fuente de la Información: El Tribuno