Otro docente de Salta recibirá una indemnización enorme: un colegio privado tuvo un grave error administrativo
09/02/2022. Noticias sobre Justicia > Noticias de Salta
Un profesor de Salta que trabajaba en un colegio privado terminó despedido pero como no le hicieron un sumario ahora deben pagarle más de $200.000.
Un docente de la Provincia de Salta deberá cobrar por parte de un colegio privado una indemnización de seis cifras por un insólito error administrativo que cometieron los directivos de la institución educativa. Si bien los jueces mencionaron que el despido del docente tendría justificativo, los responsables de la escuela no le iniciaron un sumario antes de echarlo. Como consecuencia, ahora tienen que pagarle por antigüedad e incluso un mes de sueldo, entre otros puntos.
Así lo determinó este martes la Sala I de la Cámara de Apelaciones del Trabajo, la cual hizo lugar parcialmente a un recurso de apelación planteado y modificó la sentencia de primera instancia. En este sentido, el Poder Judicial de Salta explicó que condenaron al establecimiento escolar de gestión privada a: “Abonarle a un profesor la suma de 218.509.42 pesos al 28 de febrero de 2021”. “Más los intereses a tasa activa promedio mensual del Banco de la Nación Argentina hasta su efectivo pago”, completaron.
Los jueces de la causa laboral establecieron este monto “en concepto de indemnización por antigüedad, indemnización sustitutiva de preaviso, e integración mes de despido”. Por otra parte, el comunicado oficial del Poder Judicial de Salta detalla que “el colegio privado no invocó ni acreditó haber sustanciado un sumario ante la autoridad competente del que resultaran acreditadas las razones que argumentó para despedir al profesor”. De esta forma no cumplieron con la “exigencia legal” que correspondía.
Este docente beneficiado por el fallo dejó de prestar tareas en este establecimiento en marzo de 2017, por lo que se rechazó el pedido del docente para que le pagaran los meses de abril y mayo del mismo año. “Es evidente que el despido carece del recaudo condicionante de su legitimidad”, señalaron los jueces Ricardo Lucatti y María Constanza Espeche, de la Sala I de la Cámara de Apelaciones del Trabajo. Como bien se informó este lunes, otro educador salteño recibió un fallo a favor y recibirá más de un millón y medio de pesos.
El sumario obligatorio que no se hizo
Luego, el informe menciona el artículo 13 del Estatuto de Personal Docente que rige el funcionamiento de los institutos de enseñanza creados por iniciativa privada. “El personal docente sólo podrá ser removido sin derecho a previo aviso o indemnización por causa de inconducta y mal desempeño de sus deberes, previo sumario”, indicaron.
En tanto, los magistrados fallaron por “la ausencia de este requisito”. “Torna en injustificado el despido del profesor pese a la justificación del establecimiento que señalaba que el docente se negaba a desempeñar las tareas en el nuevo horario dispuesto por la empleadora”, agregaron considerando el accionar del profesor contra los directivos. Sin embargo, los jueces puntualizaron que el despido “debió estar precedido por el correspondiente sumario administrativo”.
Además, el fallo remarca la importancia del estatuto mencionado porque establece “un régimen particular para los docentes de instituciones privadas protegiendo la estabilidad relativa de la que gozan los trabajadores comprendidos por dicha norma”. Según el fallo judicial, el establecimiento “no invocó ni acreditó haber sustanciado un sumario ante la autoridad competente”. La omisión de este paso “descalifica la posibilidad de despedir con justa causa”, precisaron.
“El argumento de la falta de un departamento que realice la instrucción del sumario ‘no dispensa a la demandada de ajustarse al procedimiento establecido por la ley a fin de acreditar asertivamente los motivos que adujo para justificar el despido’”, completaron sobre el fallo desde el Poder Judicial de Salta. En esta línea mencionaron que este sumario administrativo interno busca resguardar el “derecho de defensa del docente”. “Donde el mismo pudiera efectuar su descargo y confrontar a los posibles testigos de su inconducta”, argumentaron los jueces.
Fuente de la Información: El Intransigente