Parque La Vega: piden el enjuiciamiento de Barreto, Diez Tizón y cuatro imputados más por asociación ilícita
10/06/2016. Noticias sobre Justicia > Noticias de Argentina
En su requerimiento de juicio, contra los dos exsubsecretarios de Tierra y Hábitat, un empleado de ese organismo y tres "punteros" políticos por los delitos de asociación ilícita y exacciones ilegales, la fiscal, Mónica Poma sostuvo que la corrupció
A tres meses de las denuncias de vecinos que sacaron a luz las irregularidades en la adjudicación de lotes en el los terrenos anexos al barrio Parque La Vega, la Fiscalía de Delitos Económicos Complejos formalizó el pedido de juicio y embargo contra los ex subsecretarios de Tierra y Hábitat, Diego Nicolás Barreto y Víctor Rodrigo Diez Tizón.
El requerimiento también alcanza a Roberto Nellenssen, empleado de ese organismo, y los dirigentes barriales, Esteban del Corazón de Jesús Clemente, Nelson Horacio Salazar y Marcela Cinthia Martínez. Los delitos que se le imputan son los de asociación ilícita y exacciones ilegales simples y agravadas.
La fiscal señaló que de las pruebas reunidas permiten sostener que los acusados conformaron una organización delictiva, la cual estaba dirigida a la "concreción de hechos ilícitos en perjuicio de la administración pública, bajo la dirección de uno de ellos".
"La jefatura de esa Asociación Ilícita" era ejercida por el imputado Barreto, lo cual era manifiestamente evidenciado por los "punteros", quien al hacer los contactos con los damnificados, afirmaban "la participación directa de Barreto", por entonces Subsecretario de Tierra y Hábitat, en la maniobra.
El resto de los imputados, en tanto, cumplían la función de integrantes o partícipes de la asociación ilícita, delito por el cual el Código Penal establece una pena de hasta diez años de prisión, pues se trata de uno de los actos de corrupción más grave, sobre todo si se cometen dentro del ámbito de la función pública.
Poma expresó en su requerimiento que las pruebas reunidas corroboran "la hipótesis inicial de esta Unidad de la existencia de una operatoria reiterada y coordinada por parte de los imputados destinada a la obtención de rédito económico y apoyo político a cambio de la promesa de adjudicación de un inmueble social por parte de la Subsecretaría de Tierra y Hábitat de la Provincia.".
Corrupción
Para la fiscal, resulta de "extrema gravedad que los sucesos endilgados fueron cometidos en el ámbito de la función pública y con la participación de funcionarios de distinto rango, que aluden a una institucionalizada corrupción, por lo que su tratamiento exige el máximo rigor, a fin de asegurar la observancia del deber de combatir eficazmente todo acto de corrupción estatal en virtud de las obligaciones asumidas por el Estado".
Este deber, agregó, no sólo es impuesto por la ley penal, sino "también por la propia Constitución Nacional y los Tratados Internacionales incorporados con jerarquía superior a las leyes, tal es el caso de la Convención Interamericana contra la Corrupción y la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, ratificada por la República Argentina y aprobada mediante Ley Nº 24.759".
Asimismo, indicó que "de lo expuesto aparecen presentes todos los elementos configurativos de la asociación ilícita (art. 210 del C.P.): la estabilidad estructural de la asociación ilícita y la permanencia, que hacen a la naturaleza misma del delito, demostradas con la organización de sus miembros y fines".
"De lo manifestado por los denunciantes surge que la actividad de la asociación se ha desarrollado por varios años, con la intervención activa de todos los imputados, no sólo mientras Barreto, que lidera el grupo, se desempeñaba como Subsecretario de Tierra y Hábitat sino después, cuando mantenía un cargo en la estructura del área, pero íntimamente vinculado a la adjudicación de terrenos hasta el presente año".
La causa en curso, según el criterio de la fiscal, "denota una situación de corrupción estructural en un organismo del Estado, como lo es la Subsecretaría de Tierra y Hábitat, cuya finalidad central es gestionar el relevamiento de necesidades habitacionales de los ciudadanos salteños para la asignación de terrenos para vivienda única, tergiversando ese objetivo público previsto hasta constituirlo en un medio útil para la obtención de beneficios indebidos.".
Fuente: El Tribuno