Por no reconocer a su hijo debe pagar 40 mil pesos
12/10/2017. Noticias sobre Justicia > Noticias de Salta
El niño nació en 2008 y no fue reconocido por su padre. La madre recurrió a la vía judicial y logró el reconocimiento de la paternidad y la retribución monetaria por el daño moral causado a su hijo.
La Sala segunda de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial condenó a un hombre a pagar cuarenta mil pesos más los intereses, por el daño moral a su hijo cuya responsabilidad no reconoció voluntariamente.
En el proceso, el hombre desconoció su paternidad e incluso se negó a la prueba biológica. Esto sirvió para que las juezas Hebe Samson y Verónica Gómez Naar, consideraran la atribución y la prueba del daño.
Recordaron que “si no se alegan razones atendibles para omitir el reconocimiento y el demandado no se presta a la realización o la carencia del vínculo filial que se le atribuye, el resarcimiento por los perjuicios causados será indudable ya que se trata de una conducta dolosa o culposa que genera responsabilidad civil.”
La falta de reconocimiento de un hijo extramatrimonial conlleva una conducta antijurídica, ya que admitir la paternidad no es meramente facultativo sino que conforma un deber jurídico cuya violación causa un daño indemnizable. Hoy la reparación del daño causado está expresamente prevista en el artículo 587 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación.
Por último, las juezas ratificaron que el recurso de la indemnización es determinada por la violación por parte del padre de los derecho personalísimos, concretamente el derecho a la identidad personal, el estado de familia y en especial el estado de hijo
Fuente: www.fm899