Rechazan casación de un condenado por abusar sexualmente de su sobrina
30/03/2012. Noticias sobre Justicia > Noticias de Salta
Lo dispuso la Corte de Justicia de Salta, a pesar de que la menor se retractó durante una sentencia de debate.
La Corte de Justicia desestimó el recurso de casación presentado por la defensa técnica de un hombre condenado por la Cámara Cuarta en lo Criminal a ocho años de prisión por haber abusado sexualmente de su sobrina.
La víctima, una menor de edad, se retractó durante la audiencia de debate, hecho que la defensa técnica esgrimió para sustentar su recurso de casación.
La Corte de Justicia recordó que el tribunal de juicio tuvo plenamente acreditado que la menor AFG fue abusada por su tío durante el tiempo que convivieron en un inmueble con otros miembros de la familia hasta agosto de 2009 y en este sentido consideró a la sentencia “plenamente válida porque en sus fundamentos se ha cumplido con una ponderación completa de los hechos, estableciéndose, de acuerdo a las circunstancias de persona, tiempo, modo y lugar, el accionar del acusado”.
Recordó además el Alto Tribunal de la Provincia que en los delitos contra la integridad sexual resulta casi imposible conseguir testigos directos del hecho. "Los abusadores, los violadores o los ultrajadores tienen en común dos características: operar sobre la víctima desprevenida y elegir el momento del ataque, cuando nadie puede percatarse de su abyecto cometido”, puntualizó el Alto Tribunal.
La menor, en Cámara Gesell, refirió que los abusos se remontaban a la edad de 8 a 9 años.
En esta línea señaló la Corte de Justicia que la retractación de una menor no debe recibir el mismo tratamiento como si se tratara de la de un adulto “y debe ser valorada de manera conjunta con el resto del material probatorio y la situación familiar de la menor, labor que cumpliera el tribunal de juicio”. Recordó además la enorme presión sufrida por la menor ya que los abusos se concretaban en la casa de su abuela, madre de su tío, y sufrir las previsibles consecuencias familiares, entre ellas tener que abandonar la vivienda junto a su padre.
Fuente: Poder Judicial de Salta