Suspendieron el embargo a Corredores Viales S.A. y la causa pasa a la Justicia Federal
13/12/2024. Noticias sobre Justicia > Noticias de Salta
Por disposición de la Corte de Justicia de Salta, el juez de Metán, Sebastián Fucho, se declaró incompetente en un amparo por el mal estado de la ruta nacional 9/34.
El juez del Tribunal de Juicio, Sala II, vocalía 1 de Metán, Sebastián Fucho, se declaró incompetente en la tramitación de un amparo por el mal estado de la ruta nacional 9/34, entre San José de Metán y Yatasto y levantó el embargo dispuesto ante los incumplimientos de Corredores Viales S.A.
Fue por disposición de la Corte de Justicia de Salta al resolver una apelación interpuesta por la Dirección Nacional de Vialidad y Corredores Viales S.A., en la que declaró la incompetencia de ese Tribunal y ordenó que se remitan las actuaciones al Juzgado Federal 2 de esta provincia.
“Asimismo, esta Corte señaló que la competencia federal en razón de la materia es improrrogable hacia los tribunales de provincia, toda vez que no se concibe institucionalmente que los pleitos suscitados con base en el derecho federal –tal como en el caso sucede y sin perjuicio de la relación de consumo alegada- queden a merced de la interpretación que hagan los órganos jurisdiccionales provinciales ajenos al gobierno federal del cual aquel derecho emanó (esta Corte, Tomo 47:739 y sus citas; 75:187; 78:117; 191:617; 210:05; 227:889, entre otros)”, sostuvo la Corte de Justicia de Salta en la resolución.
“En consecuencia, corresponde declarar la incompetencia de los tribunales provinciales para entender en autos”, destacó.
El amparo fue presentado por la concejal, María José Bernis y también adhirió el intendente de Metán, José María Issa, ante el pésimo estado de la ruta nacional 9/34, en unos 12 kilómetros entre esa localidad y el paraje Yatasto.
Al expresar agravios, manifiesta la Dirección Nacional de Vialidad que el juez resulta incompetente para conocer en la cuestión en razón de las personas. Expone que su parte es un organismo autárquico del Estado Nacional sometido a la jurisdicción federal. Aseguró que el magistrado resulta también incompetente en razón de la materia, atento a que se encuentra en juego la interpretación de distintas normas de naturaleza federal. “Alude, en tal sentido, al contrato de concesión vial”, destacó.
Por su parte Corredores Viales S.A., al fundar su apelación, alegó que el magistrado de grado soslayó meritar las condiciones con base en las que el Estado Nacional le entregó la concesión de la ruta, y que omitió considerar los términos del contrato de concesión y la documentación jurídica, técnica y financiera anexada a él.
“En esas condiciones, y bajo los parámetros referidos, corresponde a la justicia federal conocer en la presente causa porque al instaurarse una demanda contra el Estado Nacional o una entidad nacional -en el caso la Dirección Nacional de Vialidad como organismo autárquico-, el fuero federal es competente por razón de la persona, en virtud de lo dispuesto por los arts. 116 de la Constitución Nacional y 2o, inc. 6° y 12 de la Ley 48 (CSJN, Fallos, 310:2340; 312:592; 330:811)”, señaló la Corte de Justicia de Salta.
El máximo Tribunal confirmó que deben reparar la ruta
La Corte de Justicia de Salta confirmó la orden que exige a la empresa Corredores Viales S.A., responsable del mantenimiento y peaje de la Ruta Nacional 9, llevar a cabo de manera inmediata la reparación del tramo que va desde la ciudad de San José de Metán hasta la localidad de Yatasto.
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La orden del juez del amparo de reparar en forma inmediata la Ruta Nacional 9 entre los kilómetros 1446 y 1460, fue mantenida por la Corte de Justicia como medida cautelar y por el plazo de 60 días hábiles a contar desde la notificación de la decisión.
En su fallo, los magistrados determinaron que si bien los tribunales provinciales no tienen competencia en este asunto, dado que la acción fue formulada contra una entidad nacional y requiere la consideración de normas e instrumentos de carácter federal, la Corte tiene la facultad para dictar medidas cautelares como en este caso.
El máximo tribunal provincial enfatizó la imperiosa necesidad de actuar en este supuesto específico, haciendo hincapié en la salvaguarda de derechos constitucionales fundamentales, tales como el derecho a la vida, a la salud y a la integridad corporal. En este sentido, resaltó que la implementación de una solución provisional podría proteger estos derechos sin vulnerar el derecho de defensa y el acceso a un juez natural. Además, destacó que una intervención temprana en este asunto podría tener un impacto positivo, contribuyendo a la prevención de daños y al cumplimiento de objetivos de interés público.
El dinero secuestrado en una cuenta judicial
“Advirtiendo que existe a la fecha un embargo ordenado sobre la recaudación de Corredores Viales S.A., es lógica consecuencia de la resolución dictada, suspender la medida, la cual está a cargo de la Martillera Pública Marysol Martin”, sostuvo el juez Fucho.
“Existe dinero secuestrado en la causa en Cuenta Judicial Banco Macro- Sucursal Metán N° 510709560589323, el cual también se pone a disposición del Juzgado Federal N° 2”, destacó.
Luego de la resolución de la Corte de Justicia, el juez de Metán declaró la incompetencia de su juzgado para seguir interviniendo en el amparo y ordenó la inmediata suspensión del embargo trabado a Corredores Viales S.A.
La Justicia de Metán dispuso el mes pasado un nuevo embargo de la recaudación diaria del peaje ubicado en Cabeza de Buey, por $150 millones, más $30 millones de accesorios legales, por no cumplir con un fallo en el que le ordenaron a la prestataria la urgente reparación de un deteriorado tramo de 12 kilómetros de la ruta nacional 9/34, en el sur de Salta.
La medida fue dispuesta por el juez del Tribunal de Juicio, Sebastián Fucho, quien en abril pasado resolvió imponer a la prestataria, la aplicación de astreintes diarios de $2.500.000 por el incumplimiento de una resolución dictada en el marco del recurso de amparo.
La medida no prosperó porque la empresa estatal, dependiente del Gobierno Nacional, dejó de utilizar sus cuentan bancarias. Por eso se dispuso trabar embargo de la recaudación diaria de las cabinas de peaje de Cabeza de Buey por no cumplir con una resolución judicial en la que se dispuso reparar el tramo Metán-Yatasto, unos 12 kilómetros, en muy malas condiciones, de la ruta nacional 9/34.
En una primera etapa la medida se hizo efectiva hasta cubrir el monto de $75.000.000, más los accesorios legales por $15.000.000. El dinero estaba siendo depositado en una cuenta judicial y la lógica indicaba que debería haber ser invertido en la reparación de la transitada y deteriorada ruta, ante el incumplimiento de Corredores Viales S.A.
En febrero pasado el juez Fucho hizo lugar a una acción de amparo y ordenó a Corredores Viales S.A. que proceda a la inmediata reparación de la ruta nacional 9/34, entre los kilómetros 1.446 y 1460, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento.
Harán bacheos y algunas mejoras
Mientras tanto la ruta nacional 9/34 está prácticamente intransitable entre San José de Metán y Yatasto. Según pudo saberse Corredores Viales S.A. dispuso efectuar trabajos previos para realizar un bacheo y otras mejoras en esa zona en los próximos días. Uno de los sectores más deteriorados es el casi intransitable acceso sur a Metán.
Fuente de la Información: El Tribuno