Suspendieron las elecciones en el Colegio de Abogados de Salta
21/03/2025. Noticias sobre Justicia > Noticias de Salta
Amparo presentado por una de las candidatas. El juez Víctor Raúl Soria hizo sostuvo que existen vicios en el proceso electoral que podrían afectar la validez de la instancia electoral.
El juez Víctor Raúl Soria, del Juzgado de 1° Instancia en lo Civil, suspendió ayer las elecciones en el Colegio de Abogados y Procuradores de Salta que debían llevarse a cabo hoy, 21 de marzo. El magistrado, que hizo lugar a una medida cautelar presentada por una de las listas opositoras, sostuvo que existen vicios en el proceso electoral que podrían afectar la validez de los comicios.
Soria hizo lugar a un planteo de la ex diputada provincial y abogada Liliana Mazzone, quien encabeza una de las dos listas opositoras. El oficialismo busca la reelección de actual presidente, Sergio Díaz Lenes. La otra lista opositora es encabezada por Trinidad Arias Villegas.
Tras conocerse la suspensión, las actuales autoridades del Colegio emitieron un comunicado en el que contaron que a las 10.30 de ayer recibieron una cédula notificando la novedad. La decisión judicial ordena la suspensión y la reprogramación de las elecciones en una fecha a determinar por el propio Colegio, adecuándose a un nuevo cronograma electoral conforme a la normativa vigente, hasta que se resuelva la cuestión de fondo.
Ante esa situación, las autoridades del Colegio afirmaron que "se encuentran realizando las gestiones y presentaciones correspondiente con el objeto de que la medida cautelar sea revisada". Lamentaron no contar con mayor información, pero garantizaron "que cualquier novedad será comunicada de manera inmediata a nuestros matriculados por los canales oficiales".
Los comicios se iban a desarrollar en las seis sedes electorales que tiene la provincia: Centro, Cafayate, J. V. González, Orán, Sur y Tartagal.
En el amparo se cuestionó la validez del artículo 147 de la Ley 5412, que impide votar a quienes adeuden cuotas colegiadas, y se denunció el incumplimiento de los plazos establecidos para la publicación de los padrones y la convocatoria a elecciones.
Si bien el fiscal interviniente, Agustín Vidal, consideró que el planteo de inconstitucionalidad del artículo 147 no podía ser tratado en este marco, el juez Soria resolvió la medida cautelar por entender que existían suficientes irregularidades para suspender el proceso. Entre las fallas detectadas se encuentra la publicación tardía de la convocatoria, la falta de exhibición de padrones en los plazos reglamentarios y la omisión de garantizar el voto por correspondencia para abogados del interior.
El fallo destacó que estas deficiencias vulneran el derecho de los matriculados y matriculadas a participar en el proceso electoral en igualdad de condiciones. Además, se señaló que los padrones definitivos contienen errores, como la inclusión de profesionales con incompatibilidades y la omisión de otros que cumplieron con sus obligaciones colegiales.
Fuente de la Información: Página 12