Un fallo obliga a los padres por igual el cuidado de un niño
15/08/2017. Noticias sobre Justicia > Noticias de Argentina
La medida consiste en que el hijo reside en forma principal junto a uno de los progenitores, pero ambos comparten las decisiones y tareas.
Un fallo de la Justicia pone en igualdad el cuidado personal de un niño para ambos padres en Salta.
La Sala Segunda de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial hizo lugar a lo solicitado por ambos progenitores en una audiencia y otorgó el cuidado personal compartido a ambos, con las responsabilidades y obligaciones de ley, bajo la modalidad indistinta y con centro de vida en el domicilio de la madre.
La causa llegó por recurso de apelación interpuesto por ambas partes y las juezas Verónica Gómez Naar y Hebe Samson resolvieron convocar una audiencia a la cual comparecieron el niño y sus progenitores, los abogados de ambas partes, el fiscal de Cámara y la asesora de Menores e Incapaces.
Allí se solicitó de mutuo acuerdo que se discierna el cuidado personal compartido a ambos padres por ser el régimen que ellos vienen llevando a cabo.
Apuntaron las juezas que "los términos de lo convenido resultan claramente beneficiosos para el interés superior del niño y se ajustan a la modalidad que privilegia actualmente el nuevo ordenamiento sustantivo, esto es, el régimen de cuidado personal compartido indistinto."
Acuerdo
Destacaron asimismo "el cambio manifestado en las posiciones de ambos padres quienes lograron llegar a un entendimiento, dejando de lado profundas desavenencias y conflictos personales, en pos de favorecer del mayor modo la crianza y desarrollo de su hijo dentro del ambiente de tranquilidad que a su edad es necesario, con fortalecimiento de los vínculos con sus progenitores, dando lugar de tal manera a la participación responsable de ambos padres en la formación de su hijo."
El nuevo ordenamiento legal en la materia "coloca en preferente lugar al cuidado compartido indistinto, constituido en primera alternativa a la cual debe acudir el juez ante la falta de acuerdo de los padres".
El cuidado personal compartido consiste en que el hijo reside en forma principal junto a uno de los progenitores, pero ambos comparten las decisiones y tareas relacionadas a su cuidado. El hijo deja de estar sometido a "los tironeos o inestabilidades que por lo general ocasiona la ruptura de la vida familiar."
Fuente: PoderJudicial de Salta