Un fallo se niega a reducir las subas que la Justicia fijó a jubilados
23/06/2017. Noticias sobre Justicia > Noticias de Argentina
Rechazaron un pedido de la Anses para cambiar un índice de actualización
Un fallo de segunda instancia del fuero de la seguridad social emitido ayer le niega a la Anses un pedido de modificar el índice que las sentencias obligan a utilizar para el cálculo de la actualización de los haberes de los jubilados que ganan juicios contra el Estado. Con su reclamo, el organismo previsional pretendía que las disposiciones judiciales se adaptaran a la manera en que el Gobierno calcula las mejoras de los ingresos que se ofrecen en el plan de reparación histórica, en función de lo dispuesto por ley.
Concretamente, la Anses pidió que se reemplace el Índice de salarios básicos de la industria y la construcción (Isbic) por la Remuneración Promedio Imponible de los Trabajadores Estables (Ripte) para hacer actualizaciones tanto en el cálculo del haber inicial (una parte de la fórmula considera el promedio de los últimos 120 salarios cobrados y esos valores deben ajustarse), como en la movilidad por el período de 2002 a 2006 (mientras había inflación y muchos haberes quedaron congelados), y en la definición de la Prestación Básica Universal (PBU), que forma parte del haber.
En el fallo de la causa "Di Mario Carmelo c/ Anses", los jueces Nora Dorado y Luis Herrero, de la sala II de la Cámara de Apelaciones, consideraron que "no parece justo ni equitativo sustituir el índice elegido por la Corte (...) como pauta de actualización de los haberes devengados". Y ratifica el uso de esa pauta en lo que se refiere al cálculo del haber inicial.
En la práctica, y para la gran mayoría de los casos en conflicto, el resultado de usar el Ripte en lugar del Isbic es un reajuste de haberes de inferior cuantía. Por eso, la diferencia entre el ingreso ofrecido en el marco de la reparación histórica y el que se obtendría si se esperara la resolución de una sentencia judicial es uno de los aspectos que, según marcan los previsionalistas, hay que observar a la hora de decidir la adhesión o no a programa oficial de recomposición de haberes.
Hasta ahora, se conocieron fallos de uno de los jueces de primera instancia, Juan Fantini, que sí se alinean con los índices utilizados en la propuesta oficial.
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De apelar la Anses este fallo, la resolución del tema quedaría en manos de la Corte Suprema.
Fuente: LA NACION