Una condena que no se aborta
16/10/2013. Noticias sobre Justicia > Noticias de Argentina
La Corte Suprema de Justicia rechazó un recurso de queja presentado por el intendente catamarqueño de Recreo, Daniel Polti, condenado junto con una enfermera por practicar un aborto.
La Corte Suprema de Justicia rechazó un recurso de queja presentado por el intendente catamarqueño de Recreo, Daniel Polti, condenado junto con una enfermera por practicar un aborto a una joven que murió desangrándose. Los fundamentos.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación, con las firmas de Enrique Petracchi, Elena Higthon de Nolasco, Eugenio Zaffaroni y Carmen Argibay, desestimó un recurso de queja contra una sentencia que condenó al intendente de Recreo, provincia de Catamarca, Daniel Polti, y a la enfermera Zulema Lobos por practicarle un aborto a una joven que luego murió.
Los ministros del Máximo Tribunal consideraron “inadmisible” el recurso presentado por la defensa de Polti y Lobos, representados por Oscar Brito en la causa "Recurso de hecho deducido por la defensa de Daniel Ernesto Pol ti y Zulema Francisca Lobos en la causa Polti, Daniel Ernesto y otra si aborto seguido de muerte con consentimiento -causa n° 38/11-".
Así, confirmaron la sentencia que dictara en 2010, y luego ratificara el máximo tribunal provincial, donde condenaron a Polti -quien es también médico clínico- y a Lobos a 3 años de prisión en suspenso y 1 año y dos meses, respectivamente.
Los imputados fueron condenados por la muerte Verónica Nancy Ibáñez, quien en 2007 a los 23 años decidió someterse a un aborto tras conocer que se encontraba embarazada. El entonces concejal, hoy intendente, ejercía en la Nueva Clínica de Recreo, donde atendió a la mujer. Complicaciones en el tratamiento y una infección derivaron en la muerte de la joven.
En febrero del 2007 la mujer se practicó el aborto, pero en enero, la joven fue nuevamente a la clínica pero la infección era grave. Fue sometida a otra intervención pero finalmente debió ser llevada al Hospital San Juan Bautista de la Capital catamarqueña donde murió.
Durante el juicio, los informes médicos determinaron que la víctima había muerto como consecuencia de una maniobra abortiva. La estrategia de la defensa de Polti radicaba en establecer que la causa de la muerte había sido una infección renal.
Previo a este fallo, la Corte Suprema de Justicia ya había rechazado un recurso extraordinario planteado por el ex intendente en febrero de este año.
Fuente: DJ